jueves, 30 de mayo de 2013
jueves, 23 de mayo de 2013
domingo, 12 de mayo de 2013
“Carta Interamericana no aplica para Venezuela”
Abogado constitucionalista Euclides Quevedo Abril |
“A estas alturas ya no debe haber duda, que algunos contrarrevolucionarios, tienen planteado el golpe de estado desde el exterior, sin importar el estado de derecho, la Constitución Bolivariana ni el acatamiento a ley ninguna, como ha sido la costumbre en quienes usan la violencia como medio de manifestación”. Así lo dio a conocer el abogado Euclides Quevedo Abril, coordinador político del frente de abogados del PSUV
Señaló que, “Pretender solicitar aplicar la Carta Interamericana a Venezuela, es la manifestación más palpable, no sólo del desconocimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del derecho interno, sino también una demostración de ignorancia supina, en materia constitucional y legal, dentro de la trama del golpe jurídico planeado desde el exterior”
Apuntó el jurista, “Desconocer la institución de la derogación constitucional vigente, es dar muestras de un absoluto desconocimiento del derecho y de la ciencia jurídica, desconocer que la eficacia derogatoria de la Constitución Bolivariana es consecuencia de su plena capacidad normativa, que implica la derogación de todas aquellas disposiciones que la contradigan, como ella misma lo expresa, es pretender torcer el derecho en busca de apalancar el golpe”.
Explicó que, “La disposición derogatoria Única, cuando establece que quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la Constitución, está declarando que la eficacia derogatoria de esta Constitución no sólo es consecuencia de ser lex posterior, sino de ser lex superior, por lo cual la Constitución Bolivariana prevalece sobre las normas posteriores a la misma que la contradigan”.
Más adelante señaló, “Es más, no es necesario que esta derogación ope constitucionis sea reconocida por ningún órgano en particular ni mucho menos exigible la declaración de inconstitucionalidad por el Tribunal Supremo, y opera por ser norma suprema constitucional, es una norma fundamental de un Estado Soberano, y ninguna ley anterior ni futura puede estar en contradicción con ella”.
Con relación a la carta Interamericana, explicó, “Aplicar un instrumento jurídico derogado por nuestra Constitución Bolivariana, es lo más absurdo que un estudiante de primer año de derecho puede oír. La Carta Interamericana, es de aplicación a las democracias representativas, tal como lo señalan los artículos 2 y 3, cuando expresa el artículo 2°, que “…El ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base del estado de derecho…” y el artículo 3° “…Son elementos esenciales de la democracia representativa…”, quien precie de conocer la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sabrá que al constituirse Venezuela en una República donde prevalece el Estado Democrático, tal como lo manda el 2° constitucional, la democracia es participativa y protagónica, diametralmente opuesta a la democracia representativa de la que habla la Carta Interamericana”.
Para finalizar dijo el abogado Quevedo Abril, que “La Carta Interamericana no aplica para Venezuela, por ser contraria a la democracia participativa y protagónica, que hoy disfrutamos y que bien la establece la Constitución Bolivariana, sino además porque es contraria a los principios, valores y fundamentos superiores de los idearios Bolivarianos que a lo largo de 350 artículos atraviesan toda la estructura constitucional, donde su principal protagonista es el Pueblo, que es el soberano, como es soberano el Estado venezolano”.
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